¿CUÁL ES LA TASA A PAGAR?
En el Impuesto Sobre la Renta Personas Físicas existen
tasas progresivas que van desde un 15%, 20%, hasta un
25%, según la siguiente escala para el año 2012:
Escala Anual Tasa
Renta hasta RD$ 399,923.00 Exento
Renta desde RD$ 399,923.01
hasta RD$ 599,884.00
15% del excedente de
RD$ 399,923.01
Renta desde RD$ 599,884.01
hasta RD$ 833,171.00
RD$ 29,994.00 mas el 20% del
excedente de RD$ 599,884.01
Rentas desde RD$ 833,171.01
en adelante
RD$ 76,652.00 más el 25% del
excedente de RD$ 833,171.0
Nota: Esta escala salarial será ajustada anualmente por la inflación
acumulada a partir del 2016. Para los años fiscales 2013, 2014
y 2015 no se aplicarán dicho ajuste.
¿CÓMO SE DETERMINA ESTE IMPUESTO?
El Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas se determina
de las siguientes maneras:
-Deduciendo de los ingresos brutos los Gastos con
Comprobantes; para aquellos contribuyentes con
contabilidad organizada que presenten deducciones sobre
los gastos propios del negocio, el impuesto se determina
sobre la Renta Neta Imponible, sus costos y gastos
deben ser enviados en el Formato 606 de manera
obligatoria.
-Restando a los ingresos brutos la Exención Contributiva
(régimen ordinario, no acogidos al PST): Para los
contribuyentes que no presentan deducciones sobre
costos y gastos, y que no tienen contabilidad organizada.
¿CUÁNDO Y DÓNDE SE PAGA?
Este impuesto tiene como fecha límite para la presentación
y/o pago de la Declaración Jurada a mas tardar el 31 de
marzo de cada año, aplicable al año fiscal cerrado al 31
de diciembre del año anterior.
Los contribuyentes (Personas Físicas) pueden presentar
su declaración jurada mediante las siguientes modalidades:
• En las Administraciones Locales, cuando el formulario
lo hayan completado en papel, o mediante una impresión
de las declaraciones preparadas en los formularios
electrónicos, disponibles en la página de la DGII.
• A través de la Oficina Virtual, en nuestra Página web
www.dgii.gov.do, de manera interactiva (en línea).
Para realizar el pago del ISR, los contribuyentes tienen
tres opciones:
• Administraciones Locales
• Bancos Autorizados: BDI, BHD, León, Progreso,
Reservas, López de Haro, Scotiabank, Santa Cruz,
Vimenca, ADEMI
• Internet banking: BHD, Popular, León, Reservas, Citi
Group
Cuando el monto a pagar supere los diez mil pesos
(RD$10,000.00), y los pagos se realicen en las
Administraciones Locales de la DGII, debe hacerse con
cheques certificados o de administración a nombre del
Colector de Impuestos Internos.
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